Publicado el 9 diciembre, 2019 por maribel lladró
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Hoy os hablaremos sobre las viviendas de protección oficial (VPO), que están promovidas por la administración pública de España, y cuya oferta se sitúa por debajo de bienes equivalentes en el mercado.
Generalmente estas viviendas, se encuentran a disposición del Gobierno con el objetivo de dar acceso a vivienda a personas más desfavorecidas o con rentas más bajas. Este tipo de viviendas no se pueden alquilar o vender, ya que resulta incorrecto lucrarse con ellas.
Cada Comunidad Autónoma establece una serie de requisitos, no obstante existen algunos criterios comunes cómo que las personas solicitantes no hayan tenido una vivienda de protección oficial con anterioridad en España.
Las personas solicitantes no pueden tener viviendas libres en propiedad y deben estar empadronadas en la Comunidad Autónoma en la que se solicite la VPO.
Además cabe destacar que a partir de un cierto periodo de tiempo, es posible solicitar una descalificación de la VPO por lo que la vivienda queda anulada de sus limitaciones y el propietario puede disponer libremente de ella.